La desinformación abunda en la isla
(por Suhey Martinez Ramos)
Se ha reconocido al pasar de los años que los animales son seres sensibles e inteligentes y por tal razón merecen respeto y amor.
Existen varias leyes que protegen a los perros y gatos en la isla, pero muchas personas no saben de su existencia o no están informadas como es debido.
Hay varias organizaciones que se dedican a rescatar,proteger animales y a educar y orientar a las personas sobre las leyes que protegen a los animales y una de estas lo son Oficiales Investigadores de Crueldad Animal (O.I.C.A) que tambien responden a llamadas de emergencias.
Esta ley prohíbe la venta de perros y gatos, el abandono en las calles y es un delito grave de cuarto grado, que tiene como castigo la cárcel entre seis meses y tres años o una multa obligatoria desde mil dólares, hasta cinco mil dólares.
Es un delito menos grave el amarrar, encerrar, limitar el movimiento de un animal causándole sufrimiento innecesario.
También se paga con cárcel o una multa el descuidar a su mascota, ser negligente, por ejemplo dejar a un perro dentro del carro bajo sol o dejarlo sin agua.
Si usted vende perros o gatos sin un permiso, usted está cometiendo delito al igual que al comprar un animal de estos.
Todo criador debe tener un permiso por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Si atropellas a un perro, gato, caballo u otro animal, por accidente debes detenerte y ayudarlo, llevarlo al veterinario más cercano si aún vive para que le brinden los primeros auxilios.
Toda cirugía cosmética ya sea cortar las oreja y el rabo solo un veterinario con licencia podrá hacerlo, pero si una persona lo practica sin licencia tendrá un castigo de cárcel o una multa obligatoria de mil a 3 mil dólares.
La ley núm. 158 del año 1998, sobre perros "Pitbull Terriers" es ley muerta.
Esta ley prohibía que una persona transportara, tuviera en posesión, adquisición y venta de este animal.
Los Pitbulls por ser grande y tener quijadas fuertes son utilizados en peleas clandestinas y los entrenan para ser agresivos y pelear entre ellos, pues esta ley es una muerta, Si usted patrocina o es parte de estos eventos está cometiendo un delito y ahora la ley 154 protege a estos canes de esta atrocidad.
Para tener un Pitbull se necesitaba un permiso especial pero ya no es así ya que ha quedado demostrado que estos animales son un amor y leales a sus dueños aunque tienen el carácter un poco fuerte.
Si una persona tenía un Pitbull se lo quitaban para ser eutanizado por ser ilegal y en el año 2013 esta ley fue derogada por discriminación a esta raza en particular.
La Ley Núm. 36 de 30 de mayo de 1984, Ley de Refugios de Animales Regionales, su finalidad es facilitar el establecimiento y operación de Refugios Regionales y Animales en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Fue creada por el problema que enfrenta la isla con respecto a la sobrepoblación de animales, hay aproximadamente 200 mil perros y gatos realengos en las calles.
A través de esta ley se creó la Oficina Estatal de Control Animal (OECA), adscrita al departamento de salud, es la que se encarga de velar por un buen trato en los albergues de animales.
Por ley, los albergues públicos tienen que recoger animales realengos, sin placa, por la salud pública e imagen del municipio.
Si tiene alguna duda con la salud de su mascota comuníquese con su veterinario o con alguna duda de las leyes se puede comunicar con OICA para que lo orienten.
Suhey 🙂😉
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